CERTIFICACIONES ENERGÉTICAS

IASE aclara las nuevas certificaciones

CALIFICACION












¿Qué es la certificación de eficiencia energética de un edificio?

Se trata de un certificado por el que se verifican las características energéticas de un edificio o parte del mismo, obteniendo una calificación energética.

¿Qué validez tiene el certificado?

El certificado tiene una validez de 10 años.

¿Qué edificios tienen la obligación de tener un certificado de eficiencia?

Los edificios existentes que sean objeto de compraventa o de arrendamiento. Además la etiqueta de eficiencia energética debe figurar en toda oferta, promoción y publicidad dirigida a la venta o alquiler de la vivienda o local.
 Las inmobiliarias deberán exhibir la etiqueta energética en sus anuncios.

¿Se deben certificar también los locales comerciales?

SÍ, el Real Decreto no distingue entre viviendas y locales comerciales.

¿Qué edificios no tienen la obligación de tener un certificado de eficiencia?

a) Las edificaciones que por sus características de utilización deban permanecer abiertas.

b) Edificios y monumentos protegidos oficialmente, cuando el cumplimiento de tales exigencias pudiesen alterar de manera inaceptable su carácter o aspecto.

c) Edificios utilizados para culto y actividades religiosas.

d) Construcciones provisionales con un plazo previsto de utilización igual o menor a dos años.

e) Edificios industriales y agrícolas, en la parte destinada a talleres, procesos industriales y agrícolas no residenciales.

f) Edificios aislados con superficie menor de 50m2.

g) Edificios de sencillez técnica y escasa entidad constructiva que no tengan carácter residencial o público, se desarrollen en una sola planta y no afecten a la seguridad de las personas.

h) Edificios que se compren para su demolición.

i) Edificios de viviendas que sean objeto de un contrato de arrendamiento por un tiempo inferior a cuatro meses.

¿Quién tiene la obligación de contratar la realización del certificado de eficiencia?

El propietario del edificio, vivienda o local destinado a uso independiente o de titularidad jurídica diferente.

¿Es obligatorio acometer reformas?

La actual normativa no obliga a realizar reformas en aquellas viviendas que obtengan una mala calificación.

¿Existirán sanciones si no se dispone del certificado?

El Real Decreto estipula que de no tener el certificado las sanciones contempladas alcanzan hasta 600.000 € en función de su gravedad. Se podrá sancionar a propietarios o a inmobiliarias.