CERTIFICACIONES ENERGÉTICAS
IASE aclara las nuevas certificaciones
¿Qué es la certificación de eficiencia energética de un edificio?
Se
trata de un certificado
por el que se verifican las características energéticas de un
edificio o
parte del mismo, obteniendo una calificación energética.
¿Qué
validez tiene el
certificado?
El
certificado tiene
una validez de 10 años.
¿Qué
edificios tienen
la obligación de tener un certificado de eficiencia?
Los
edificios
existentes que sean objeto de compraventa o de arrendamiento.
Además la etiqueta de eficiencia energética debe
figurar en toda oferta, promoción y publicidad dirigida a la venta o
alquiler
de la vivienda o local.
Las
inmobiliarias deberán exhibir la etiqueta energética en sus anuncios.
¿Se
deben certificar
también los locales comerciales?
SÍ,
el Real Decreto no distingue entre viviendas y
locales comerciales.
¿Qué
edificios no
tienen la obligación de tener un certificado de eficiencia?
a)
Las edificaciones que por sus características de
utilización deban permanecer abiertas.
b)
Edificios y
monumentos protegidos oficialmente, cuando el cumplimiento de tales
exigencias
pudiesen alterar de manera inaceptable su carácter o aspecto.
c) Edificios utilizados para culto y actividades religiosas.
d)
Construcciones provisionales con un plazo previsto de utilización igual
o menor
a dos años.
e)
Edificios
industriales y agrícolas, en la parte destinada a talleres, procesos
industriales y agrícolas no residenciales.
f)
Edificios
aislados con superficie menor de 50m2.
g)
Edificios de
sencillez técnica y escasa entidad constructiva que no tengan carácter
residencial o público, se desarrollen en una sola planta y no afecten a
la
seguridad de las personas.
h)
Edificios que
se compren para su demolición.
i)
Edificios de viviendas que sean objeto de un
contrato de arrendamiento por un tiempo inferior a cuatro meses.
¿Quién
tiene la
obligación de contratar la realización del certificado de
eficiencia?
El
propietario
del edificio,
vivienda o local
destinado a uso independiente o de titularidad jurídica diferente.
¿Es
obligatorio acometer reformas?
La
actual normativa
no obliga a realizar reformas en aquellas viviendas que
obtengan una mala
calificación.
¿Existirán
sanciones si no se dispone del
certificado?
El Real Decreto estipula que de no tener el certificado las sanciones contempladas alcanzan hasta 600.000 € en función de su gravedad. Se podrá sancionar a propietarios o a inmobiliarias.